El gobierno extiende el estado de emergencia sanitaria y endurece las restricciones para entrar al país. El cupo de pasajeros diarios para el ingreso a Argentina acaba de ser reducido de 2.000 a 600, limitando a la tercera parte los vuelos que serán autorizados a llegar al país a partir del lunes
La prórroga del cierre de fronteras al turismo establecida por el gobierno, hasta el próximo 9 de julio, dispone que «quienes regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto, están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA, durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen».
La normativa establece que «continúan suspendidos los vuelos provenientes del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Chile; Brasil; India; Países africanos y Turquía», en el marco de la emergencia sanitaria que rige a causa de la pandemia de coronavirus.
La estadía en los lugares de aislamiento estará a cargo del pasajero y se controlará que quienes regresaron de viaje estén en sus domicilios.
Quienes resulten positivos al ingreso al país, deberán realizar otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera.
En cuanto a los ingresos autorizados como excepción por migraciones, a través de pasos terrestres, cada jurisdicción provincial “deberá disponer corredores seguros”.
“Los extranjeros no residentes que ingresen a desarrollar trabajos esenciales, con autorización de Migraciones, deberán cumplir con la cuarentena”, recalcaron las fuentes oficiales, que indicaron además que “las provincias deberán controlar el cumplimiento del aislamiento de las personas ingresadas desde el exterior”.
Todas las medidas fueron dispuestas para bajar el riesgo de contagios de coronavirus e impedir el ingreso de variantes que no registran circulación comunitaria en el país, como la variante Delta, cuya respuesta ante «la efectividad de las vacunas se desconoce», según indican los considerandos de la disposición. «
Se radicarán denuncias penales en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, de acuerdo con los arts. 205 y 239 del Código Penal, por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública, sancionadas con prisión de seis meses a dos años y con prisión de 15 días a un año, respectivamente, dijeron las fuentes.